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¿QUÉ ES EL DIVORCIO NOTARIAL?.
El divorcio notarial es un divorcio que lleva poco en nuestro ordenamiento jurídico. El divorcio notarial está regulado en la Ley 15/2015, de 2 de Julio de Jurisdicción Voluntaria, la misma ley también permite la separación de cónyuges.
Para acordar el divorcio notarial debe ser de mutuo acuerdo, se realizara en escritura pública que se incluirá el Convenio Regulador escrito por un abogado especialista en divorcio.
Como abogados especialistas en divorcio notarial, disponemos de notarías en Barcelona con la que colaboramos y eso nos facilita la gestión y la rapidez que se benefician todos nuestros clientes.
REQUISITOS DE UN DIVORCIO NOTARIAL.
En caso de no cumplir con cualquier de los requisitos para realizar el divorcio notarial, será necesario acudir al divorcio judicial. Hay que recordar que no hay nadie obligado a estar en matrimonio. Los requisitos para el divorcio notarial son los siguientes:
- Que los cónyuges no dispongan de hijos menores no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos, podrán acordar su separación matrimonial o divorcio de mutuo acuerdo.
- Será obligatorio para formular el divorcio un Convenio Regulador, que acuerden los detalles del divorcio, que se aportara a la escritura pública. El Convenio Regulador lo redacta el Abogado.
- El matrimonio debe estar asistido en el otorgamiento de la escritura pública por un Abogado en ejercicio.
- Debe haber transcurrido más de 3 meses desde la celebración del matrimonio.
- Los dos cónyuges deben asistir a la firma de la escritura ante notario del divorcio de manera personal, ello implica que no podrá en ningún caso delegar la firma en otra persona, si se tuviera que delegar deberá efectuarse un divorcio judicial.
EL CONVENIO REGULADOR EN UN DIVORCIO NOTARIAL.
El Convenio Regulador en un divorcio notarial debe establecer lo mismo que un divorcio judicial excepto los aspectos de menores, que no puede haber. Por ello debemos regirnos por el artículo 90 del Código Civil por ello debe regularse en el Convenio Regulador lo siguiente:
- La atribución de uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas de matrimonio.
- La liquidación del régimen matrimonial si lo deciden el matrimonio.
- El establecimiento de una pensión compensatoria.
¿ES OBLIGATORIO LA PRESENCIA DEL ABOGADO?.
Si que es obligatorio la presencia de abogado para realizar el divorcio notarial. El asesoramiento legal por parte de un abogado es obligatorio en virtud del artículo 82 del Código Civil y el artículo 54.2 de la Ley de Notariado.
El abogado será necesario para la redacción del Convenio Regulador y también a la hora de firmar ante el Notario para que los cónyuges puedan consultar o negociar aspectos del divorcio por ello será necesario la firma del abogado en la firma de la escritura con los cónyuge.
HIJOS MAYORES DE EDAD.
Si existen hijos mayores de edad o emancipados de los cuales no dispongan de ingresos propios o bien convivan en la actualidad en el domicilio familiar con los cónyuges deberán dar su consentimiento, si no se presta dicho consentimiento no hay aprobación de convenio ni tampoco divorcio.
El consentimiento no será necesario la presencia física del hijo o hija en el momento de otorgar escritura, ya que pueden estar representados por apoderado, mientras que los cónyuges nunca podrán estar representados y será necesaria su presencia.
QUÉ NOTARIO ES EL COMPETENTE.
El Notario podrá ser escogido por el cliente, nosotros como abogados podremos recomendar algún notario por colaborar habitualmente con él, pero la decisión de la elección del notario siempre recae sobre los cónyuges. Es cierto que el notario deberá ser ante un notario del último domicilio común o del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes, según el artículo 54 de la Ley del notariado. Será necesario demostrarlo con el Certificado de empadronamiento.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL DIVORCIO.
Cada notario podrá solicitar una documentación diferente a otro notario, siempre que lo estime necesario para acreditar los hechos que afecten al divorcio notarial y deben quedar reflejados en la escritura pública de divorcio. Pero la mayoría de los abogados nos requerían los siguientes documentos:
- DNI o NIE de los cónyuges, en vigor.
- Libro de familia, se necesitara original para acreditar que en el matrimonio no disponen de hijos menores de edad.
- Certificado de matrimonio, debe solicitarse en el Registro Civil donde se celebro el matrimonio. Sera necesario para acreditar que están casados y han superado los 3 meses desde la celebración.
- Certificados de nacimiento de los hijos. Para que queden acreditados su mayoría de edad, la mayoría de los notarios con el libro de familia no requieren este documento. El certificado de nacimiento debe solicitarse en el Registro Civil del lugar donde fueron registrados.
- Convenio Regulador que será redactado por el abogado que les acompañara para la firma del divorcio notarial.
- DNI y Carnet profesional del abogado. Con esta documentación queda plasmado que el abogado está habilitado para realizar el divorcio notarial.
- Certificado de empadronamiento. Para acreditar la competencia del notario. El certificado de empadronamiento debe ser solicitado en el Ayuntamiento donde residan.
- Documentos de los bienes que tengan en conjunto el matrimonio, en el extremo que dispongan bienes en común.
DIVORCIO NOTARIAL O DIVORCIO JUDICIAL.
Ambos divorcios tienen la misma validez y están reconocidos por nuestro ordenamiento jurídico. El divorcio notarial es mucho más ágil y rápido para obtener el divorcio o separación ya que puede otorgarse el mismo día, incluso en el mes de agosto que los divorcios judiciales se paralizan al ser inhábil judicialmente.
El divorcio notarial hay que abonar los aranceles notariales, pero es cierto que en el divorcio notarial no es necesario abonar los honorarios del procurador, que sí que se abonan en el procedimiento judicial, por ello no es un factor muy determinante ya que los honorarios del procurador y del notario es muy similar.
En el divorcio notarial también podrá el matrimonio ser representado por un único abogado, eso implica una reducción de coste ya que un mismo abogado representara los intereses de los dos cónyuges, agilizando las gestiones y reduciendo costes.
En virtud de la Ley de Jurisdicción Voluntaria indica que la separación o divorcio deben ser siempre las mismas, con independencia si se tramita ante un juez o ante el Notario. Por ello no tendrá ningún beneficio escoger una divorcio judicial o un divorcio notarial.
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